El enriquecimiento sin causa

El enriquecimiento sin causa

Por Carlos Alberto Bohorquez Yepes

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Sinopsis

La institución del enriquecimiento sin causa, en algunos países, ha sido asimilada a la noción de enriquecimiento injustificado, rasgo distintivo y característico de la tradición europea para significar la atribución de un provecho sin causa jurídica referido fundamentalmente al derecho de las obligaciones, todo lo cual debe ser resuelto por el derecho contractual en tanto las normas sobre restitución no se ocupan de lo que suele denominarse "enriquecimiento por atribución". La obra pretende proporcionar lecturas que contribuyan a interpretar ese sentir jurisprudencial expresado por el más alto tribunal de lo contencioso administrativo, cuya ratio decidendi es mantener una línea concordante con el estatuto general de la contratación estatal, que sólo en casos muy excepcionales admite la aplicación de estructuras informales frente a las cuales el nuevo pensamiento jurisprudencial agrega otras. Como se verá, la posición allí expresada para reconocer en cabeza del particular el primer supuesto de enriquecimiento sin causa es notoriamente restringida, pues otorga legitimación a quien invoca la actio in rem verso siempre y cuando exista constreñimiento, como expresión fehaciente de supremacía, de autoridad o de imperim del Estado; en segundo lugar, cuando se trate de atender situaciones de salud que ameriten ser atendidas con urgencia; y por último, cuando la prestación se haya desarrollado para conjurar fenómenos de urgencia, concentrándose en ese marco jurisprudencial la nota relevante de este nuevo enfoque de la figura del enriquecimiento sin causa en el derecho administrativo actual.

Carlos Alberto Bohorquez Yepes